25 de abril de 2024
           
 

PIGES. [FAQ] Aclaraciones previas del modelo de contrato.

 
 

[FAQ]

Desde la publicación del modelo de contrato PIGES se ha originado cierto debate en redes sociales y conversaciones privadas.
Utilizaremos esta página para intentar aclarar algunos conceptos previos de forma breve.

0. ¿Por dónde empiezo?
Lo ideal es que antes de seguir pase por los artículos siguientes:
ETHOS, ¿sinhogar, sintecho, techo inseguro, sensellar… ?
PIGES, ¿de qué va esto?

1. ¿Banco, VPO, empresa… ?
Se trata de una Entidad Social. En este caso es privada, lo que genéricamente llamamos ong.
Aún así algún ayuntamiento ha permitido contratos con cláusulas similares. Normalmente se hace a través de entidades privadas, aunque como mínimo en un caso concreto tenemos serias dudas. Podría haber sido directo.

2. ¿Es propietario?
En este caso como en muchos otros (no todos), la Entidad no es propietaria del inmueble.
La entidad gestiona el piso, son cesiones. Es decir, es un intermediario entre el propietario y los inquilinos.
Lo que marca la diferencia entre este contrato y el que firmaría usted es que a estos inquilinos se les llama vulnerables. Es decir, son usuarios de Servicios Sociales. El que hagan uso de recursos ofrecidos por Entidades Sociales Privadas (esto es, ongs) es circunstancial, una vía para resolver la lentitud de las listas VPO y sus puntajes de valoración para poder acceder.

Como dato: hasta como mínimo 2019 (si mal no recordamos) en Barcelona no puntuaba en alquiler VPO el ser o haber sido sinhogar. Por ejemplo, vivir en albergue social para evitar dormir en la calle, o en el sofá de un amigo. Es decir, la administración no consideraba valorable (ni lo hace, es residual) para solicitar alquiler VPO que alguien hubiera perdido su techo.
Este tipo de cosas raras pasan.

3. En genérico, ¿tipo de contrato?
Es un contrato privado, entre Entidad y persona física. Como el que usted firmaría como inquilino, pero a) partiendo de que tiene que firmar lo que sea y b) que nadie va a cuestionarse la legalidad del documento. Hasta hoy.
Se le denomina «Contrato de Residencia» para que el tipo de contrato quede fuera del ámbito general del marco de alquileres. Como es una cosa diferente para casos concretos y es cosa de trabajo social, no se mira ni cuestiona.

4. ¿Qué aparta las clausulas de lo habitual?
Hay varios puntos que definen este tipo de contratos. Una de las claves principales es la llave. Sí, el acceso a sus cosas incluso sin estar usted delante. Algo que muy probablemente entienda como no negociable.
Ya le avanzamos que no va a obtener por escrito los protocolos de guardia, custodia, uso y ámbito de la llave de sus cosas. Pueden entrar y punto, cuando y como quieran. Al inquilino no se le reconoce derecho a explicación legal, quizá porque no existe. Si no le gusta, hay otro esperando que «sabe cómo funcionan las cosas».
Las maniobras de marketing cuquisocial son clave para que la sociedad permita y no pregunte. Estigma, paternalismos, escrúpulos entendibles ante la posibilidad de que esa persona se quede sin techo, abusar de su desinformación sobre la realidad del sector, referencias etéreas a supuestas «casuísticas complejas» (es decir, es un caso particular y no se puede ir más allá por privacidad), etc.

5. Personas con problemáticas, necesidades especiales… y tal.
Para que quede claro, este contrato se está firmando a una persona con plena autonomía y plena capacidad de obrar.
¿Lo duda? Simplemente, no le habrían dejado entrar en el piso. Salvo que quisieran invitar a irse a otro que ya estuviera dentro, claro.

6. ¿Perfiles?
El modelo estándar lo es porque coge el espectro estándar: personas que necesitan un techo. Como lo sería usted si de repente debe acceder a un alquiler más bajo o sino le tocará dormir en la calle o albergue social.
La diferencia esencial es que usted aún no dejó de vivir en un piso propio o alquilado y en cambio esa persona sí.
Es decir, si usted pierde vivir en piso y debe pasar un tiempo en habitación de realquiler intermitente, este modelo de contrato le afecta.

7. Vale, pero… casos concretos, aislados, técnicos, individuales.
El modelo de contrato es estándar, el ámbito al que se dirige es de personas sinhogar (sensellar en catalán), y tanto el sector como los colectivos de vivienda conocen este tipo de redactados y por qué se calla.
Aquí no se está extrapolando nada ni denunciando un caso «particular».
Lamentablemente ciertas explicaciones requieren ejemplos concretos, como la publicación del modelo de contrato a «residentes». Es decir, la exposición de cuantas más personas mejor, para que la variedad le parezca argumento.

Eso no vamos a hacerlo. Bajo ningún concepto. Lo que para usted sería una regañina o una reprimenda, para estas personas lo mínimo es dormir en la calle. Y eso no es lo peor, aunque a usted le parezca terrible. Que lo es, hasta que es primer paso de lo siguiente.
Le pedimos paciencia acorde con esto. Toda aquella que permita profundizar sobre los PIGES y sinhogarismo en general sin ofrecer la cabeza de quien reivindica el derecho a defenderse y, por tanto, el derecho a luchar.

8. Aún falta información.
El problema principal aquí es la tranquilidad de quien ha autorizado la difusión del modelo de contrato. El ritmo de publicación de contenidos funciona en base a ello.
A ninguna Entidad Social le apetece que la sociedad sepa qué se obliga a firmar a cambio de techo mientras al propietario le hablan de ofrecer «hogar» escondiendo en qué condiciones se desarrollará, porqué alguien con autonomía y plena capacidad de obrar firma eso, o qué significan expresiones como «no colaboras».
Alguna habrá como excepción, que haberlas haylas, pero ya le avanzamos que este modelo de contrato es estándar en el sector, que la Entidad firmante es conocida, con aumento de peso reciente en territorio catalán y barcelonés, y que cuenta con apoyos directos de otras Entidades de referencia en el sector (esas que seguro que no hacen estas cosas así). Es decir, no es una ong tan siquiera comarcal ni gestiona pocos pisos ni viviendas.

En definitiva, seamos prudentes todos que este tema es serio.

Gracias por llegar hasta aquí.

 
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