Expedientes. Generales.
Informales 24/09/2024
· Cafè Sabart.
· 09 de diciembre de 2024.
· https://cafesabart.com/202412011105/expedientes-generales/
Entendemos comúnmente el expediente como una ficha con datos objetivos, documentos, escritos entre las partes, etc. Pero todo expediente lleva parejo el llamado «de anotaciones».
El primero es accesible para la persona usuaria del servicio, el segundo no.
En principio el argumento es un marco de anotaciones internas sobre procedimientos. Pero las posibilidades ante lo que permite de manera opaca son muchas, lo cual resulta un dulce irremediablemente poderoso (y morboso, en cuanto a ejercicio de maldad se refiere) de bastante peso.
Por ejemplo, art. 10 d) Ley 12/2007, de 11 de octubre, de Servicios Sociales (Cataluña).
Artículo 10. Derecho a la información en el ámbito de los servicios sociales.
« d) Acceder a sus expedientes individuales, en todo cuanto no vulnere el derecho a la intimidad de terceras personas, y obtener copias de los mismos, de acuerdo con lo establecido por las leyes. Este derecho no incluye, sin embargo, el acceso a las anotaciones que el personal profesional haya realizado en el expediente. »
El resultado es que el expediente «A», llamémosle así, contiene apenas lo básico y formal. Es lo que de haber algún tipo de cuestionamiento limitará las acciones del interesado por lo limitado mismo de la información.
El de anotaciones, en cambio, es el que realmente se utiliza en la toma de decisiones. Opaco y en vías de opacidad.
Eso en el ámbito de Servicios Sociales, que no sólo es pobreza y pobreza severa, es extremadamente peligroso.
Servicios Sociales, ¿pobreza?
- discapacidades.
- salud.
- extranjería.
- migraciones internas.
- trabajo.
- dependencias.
- esclavitud.
- prestaciones y ayudas por falta económica.
- vejez.
- educación.
- menores.
- banco de alimentos, higiene, roperos y bienes muebles.
- vivienda.
- adicciones.
- mental.
- familias.
- maltrato y VDG.
- pobreza.
- pobreza severa.
- otros.
Empieza a leerte la ley de tu CCAA.
Y hazlo rápido.
:)
Se trata de un área troncal en el Estado, eje que determina la vida de todos los ciudadanos. Actualmente están totalmente metidos en los colegios, muchos ámbitos educativos e incluso tienen acceso a expedientes médicos.
No sólo no necesitan pedir permiso, es que tan siquiera están obligados a comunicar a la persona que han consultado su expediente ni en qué términos. Todo ello en "estrecha colaboración" entre médicos y sociales.
Servicios Sociales es impune, y la LOPD ahí no se respeta. De hecho Servicios Sociales funciona básicamente por teléfono e «itinerarios sociales» donde siempre se encuentran los mismos.
En cuanto a entidades sociales privadas, en sus reuniones «de trabajo» puede haber sociales que no deberían conocer del expediente concreto, personal diverso, voluntarios, otros usuarios como los llamados instrumentalizados, el que se supone que ha ido por algún punto concreto de la reunión y se acaba enterando de todo o el que pasaba por ahí. También fuera de las reuniones.
El tema en general es extenso, y todo acreditable.
Pero es que da igual porque no llega a juicio, los abogados todo eso lo pasan por alto. Absolutamente todo lo que pueda causar molestia a Sociales.
Ni siquiera se pide el expediente social en casos de desahucio, y en esa situación resulta de vital importancia.
Hay excepciones, que debo mencionar por rigor y gran respeto hacia ellos, pero es más probable encontrar una seta en pleno verano.
¿Y qué relación tiene con el tema expedientes a efectos prácticos?
Pues unas cuantas cosas, como que sea posible inventar y escenificar la vida de alguien a través del expediente de anotaciones. Que afectará al médico. Que afectará al del colegio.
Que puede decidir una tutela, curatela, un divorcio, impunidad ante violaciones, ante maltrato familiar, o que una mujer pase entre siete y ocho meses comiendo por un euro a la semana mientras le dicen que venda lo que tiene. A saber dónde y cómo estaba anotada tal barbaridad.
Sigue viva, eso sí se sabe.
Contaría unas cuantas de las que hacen perder el sueño.
Un buen resumen nos lo ofrece la Generalitat mismo:
Post Twitter.
https://t.co/PueCvLFk3F
— José Manuel López Viñuela - Padre de Kira López (@JMporKiraLopez) September 18, 2023
La familia de un menor de 15 años denuncia agresiones sexuales en un colegio de Cervera (Lleida) y la Generalitat le retira la custodia de su hijo por “sobreprotección”… El “presunto” juego perverso de las instituciones para tapar el acoso escolar está… pic.twitter.com/USNqdjlXHL
Aquí algunas sobre uso de expedientes:
Aprodeme.
Comparecencia de APRODEME en el Parlament de Catalunya.
9 de abril de 2019.
· Transcripción en castellano. Pdf que incluye información gráfica.
Si quiere ir directo, a partir del minuto 2:20.
Es probable que luego quiera verlo entero.
La forma de pillarlo es muy sencilla, basta con detectar en las reuniones que quien atiende parece estar tratando con alguien muy distinto al usuario. O que el trabajador social ponga impedimentos para ser cambiado (es ilegal) o directamente intente convencer de que sea alguien en concreto.
Eso se hace para evitar que un compañero se haga preguntas. Y también es ilegal.
Pero es que no tendrá recorrido, porque ningún abogado va a investigar eso, cotejarlo y resolverlo.
Se permite que se sepa, incluso hay quien hace ostentación de ello, y se mantiene el binomio indefensión e indefensión aprendida.
Así todo el mundo colabora.
De hecho pedir expedientes sociales suele tomarse como amenaza. Ya el «A», porque para hacer cuadrar un «B» afinao debe ajustarse también.
Otro truco para saber que pasa algo es que tarden meses en enviarlo. Un expediente se supone al día, sólo es un click. Eso si llega a entregarse, que no hacerlo también es ilegal.
Si eso además lo planteamos respecto a una entidad social privada, la impunidad es absoluta (se pierden garantías legales de peso). Y Servicios Sociales está prácticamente privatizado ya. Incluso los servicios esenciales subcontratados.
Es un tema bastante grueso, mucho.
Cuidado con abrir expediente social de forma alegre, algo que los colectivos de vivienda han pasado bastante por alto. Ellos sabrán por qué.
Pero no son los únicos.
Tenedlo en cuenta.
Anexo. 💃
Más arriba no he añadido contexto respecto a lazos comunicativos entre historiales médicos y personas trabajadoras de Servicios Sociales.
Ha sido expreso. Es hilo aparte, y tiene chicha.
Pero también es tema serio y ha quedado algo solitario. Os dejo un aperitivo:
Disposición adicional duodécima. Intercambio de información entre el Sistema Público de Servicios Sociales y el Sistema Público de Salud.
« Se habilita a las administraciones públicas competentes en materia de servicios sociales para que puedan acceder, sin el consentimiento previo de las personas interesadas, a los datos identificativos y el código de identificación personal (CIP-AUT) asignado por el Servicio Catalán de la Salud, en relación con los que se encuentran incluidos en el Registro central de personas aseguradas del departamento competente en materia de salud, con la finalidad de intercambiar información entre el sistema público de servicios sociales y el sistema público de salud en los casos en que la normativa vigente lo permita, cuando sea necesario para atender a las personas de forma integral, abordando coordinadamente sus necesidades asistenciales, sociales, laborales y de salud. »